La Comisión Europea quiere regular las divisas electrónicas

La Comisión Europea quiere regular las divisas electrónicas

El dinero electrónico es aquel que se emite por medio de una red de ordenadores, Internet y sistemas de valores digitalmente almacenados como es el caso del Bitcoin. Es un medio de pago digital equivalente a una determinada moneda. Hay varias divisas virtuales, siendo la más conocida el Bitcoin, puesto que circulan 15,7 millones de unidades en el mercado siendo su valor conjunto de 9.500 millones de euros[1]. Tal y como apunta el Informe del Banco Central Europeo[2], y recogiendo los datos de bitcoincharts.com, el 9% de las transacciones de Bitcoin se hacen con euros, el 31% con el renminbi chino y el 25% con el dólar estadounidense.

El Bitcoin es una divisa electrónica cuya diferencia con el resto de monedas es que la misma es descentralizada, nadie tiene un control sobre ella. Esta moneda no tiene un emisor central como los dólares o los euros, sino que la criptomoneda se produce por empresas y personas de todo mundo. La Red Bitcoin se basa en un sistema “peer to peer” o de usuario a usuario, permitiendo romper con los intermediarios. En la moneda virtual no hay terceros, es la propia red generada por los usuarios, la que efectúa el seguimiento, control y registro de las transacciones. Esta moneda virtual utiliza un sistema de prueba de trabajo que simula el minado de materias primas, esto es, los mineros dedican sus recursos de tiempo, energía, procesamiento y amortización de máquina a resolver el desafío criptográfico complejo. Así, la red premia a los mismos con un numero de bitcoins, aumentando o disminuyendo la dificultad de este desafío, de manera que, de media, los mineros llegan a una solución válida cada diez minutos, para mantener la oferta de bitcoins predecible en el tiempo. El economista George Selgin califica a Bitcoin como materia prima sintética (synthetic commodity money)[3].

En febrero de 2015 el Banco Central Europeo publicó un Informe sobre Monedas Virtuales donde advirtió sobre que este tipo de medio de pago no está regulado, instando a las autoridades de los estados miembros y las europeas buscar un encaje en los marcos legislativos de regulación y supervisión [4]

Pues bien, la Comisión Europea ha propuesto una serie de medidas con el objetivo de combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, entre las que se encuentran combatir el anonimato de las operaciones de canje de divisas virtuales, tales como el Bitcoin, por divisas tradicionales. Así, propone que las plataformas de canje de divisas virtuales, las empresas que ofrecen servicios de monedero virtual, estén sujetas a la Directiva Anti-Blanqueo de Capitales, tal y como señala en el Comunicado de Prensa: A fin de evitar la utilización indebida de las monedas virtuales para blanquear dinero y financiar el terrorismo, la Comisión propone incluir las plataformas de cambio de monedas virtuales y los proveedores de servicios de custodia de monederos electrónicos en el ámbito de aplicación de la Directiva contra el blanqueo de capitales. Estas entidades tendrán que aplicar controles de diligencia debida con respecto al cliente a la hora de intercambiar monedas virtuales por reales, poniendo fin al anonimato asociado a dichos intercambios.[5]

La iniciativa de la Comisión Europea se encuentra dentro del Plan de Acción de febrero de 2016, para la lucha contra la financiación del terrorismo, para aumentar la transparencia fiscal y combatir el fraude fiscal. También ha destacado una serie de modificaciones para reforzar las medidas introducidas por la cuarta Directiva contra el Blanqueo de capitales, destacando el acceso público pleno a los registros de titularidad real, interconexión directa de los registros y una ampliación de la información a la que tienen acceso las autoridades, tanto las cuentas existentes como las de nueva creación tendrán que estar sometidas a controles de diligencia. Esta medida propuesta deberá ser aprobada por el Parlamento Europeo y por el Consejo Europeo.

 

Sacristán&Rivas Abogados

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[1] http://www.expansion.com/economia/2016/07/05/577bdc80268e3e7e518b45ff.html

[2] https://www.ecb.europa.eu/pub/pdf/other/virtualcurrencyschemesen.pdf

[3] Selgin, George (13 de abril de 2013). «Synthetic Commodity Money». Consultado el 27 de julio de 2013

[4] https://www.ecb.europa.eu/pub/pdf/other/virtualcurrencyschemesen.pdf

[5] http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-2380_es.htm