
La Audiencia Provincial de Madrid, confirma la Sentencia de Primera Instancia por la que se estima la demanda presentada en nombre de su cliente por Sacristan&Rivas Abogados frente a EL BANCO, por los siguientes productos financieros:
- Bono Autocancelable Sector Financiero III BNP Santander y Popular
- Bono Autocancelable RBS, SANT BBVA 16%
- Bono Autocancelable REP TELF IBE Supercuponazo 20%
declarando el incumplimiento por parte de EL BANCO de sus obligaciones contractuales de diligencia, lealtad e información en la comisión mercantil consistente en una venta asesorada de los instrumentos objeto de la presente demanda, en los términos recogidos en la demanda, y de conformidad con el artículo 1124 del Código Civil, se declara la resolución de dichos contratos con resarcimiento de daños y abono de intereses, que se concretan en la devolución a los actores de las sumas invertidas, más los intereses legales de dicha suma desde la fecha de cargo en cuenta de la misma hasta su efectiva devolución, minoradas en las rentas recibidas por los actores más el interés legal desde su recepción.
Asimismo, se declara la titularidad de EL BANCO, sobre los instrumentos objeto del presente litigio, para lo cual se facilitará por parte de los actores, en caso de que fuera necesario, la puesta a disposición de los instrumentos».
Sacristán&Rivas Abogados
Sacristán&Rivas Abogados. Especialistas en Derecho Bancario y Productos Financieros