El T.S. señala que la formación necesaria del contratante, para conocer la naturaleza, características y riesgos de los swaps, es la propia del profesional del mercado de valores o, al menos, la del cliente experimentado en este tipo de productos complejos, cualificación que, desde luego, no la disfruta el secretario-interventor del ayuntamiento. El Tribunal Supremo […]