CFD´S IG Markets

CFD´S IG Markets

El Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Madrid considera que no son suficientes las advertencias sobre riesgos de la página web de IG Markets para entender cumplido el deber de información

La Sentencia 283/2022 de 24 de octubre de 2022, del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Madrid, ha estimado la demanda presentada por Sacristán&Rivas Abogados declarando la nulidad de las operaciones de CFD´s realizadas por un cliente minorista a través de la plataforma de IG Markets, por entender que la entidad no cumplió su deber de información, teniendo en cuenta el perfil del cliente, la inexistencia de documentación precontractual, y a la ausencia de simulaciones de escenarios adversos. La citada sentencia no es firme, por lo que puede ser objeto de recurso por IG Markets.

En relación con la información suministrada al cliente, señala el Juzgador: “En consecuencia con lo expuesto, la remisión al demandante de la documentación que figuraba en la web no es suficiente para extraer de ello que el demandante, con el perfil inversor antes referido, esto es no adecuado para invertir en estos productos, estuviese suficientemente informado. De hecho el único dato que consta respecto de su experiencia inversora, lo es en CFDs en la plataforma de FXGM, y sin embargo ya se advierte en la conversación telefónica que tiene con el Sr el 19 de enero de 2017 que carecía de experiencia para conocer dicho producto tan complejo, y lo cual confirma el testigo Sr que examina la documentación relativa a la relación del demandante con FXGM. Por lo que las breves explicaciones que el Sr  le da al demandante en dicha conversación telefónica de 19 de enero de 2017 son insuficientes para concluir de ello que el demandante estuviese debidamente informado. No basta como ya se dijo en el Fundamento de Derecho Tercero advertencias genéricas del tenor que los CFDs es un producto financiero complejo y apalancado, y con riesgo de perder el dinero, que es lo que figura en la página web y el Sr  le lee en la conversación telefónica antes referenciada,  sino que se le tenía que haber advertido de forma clara que el producto no era adecuado a su perfil, instarle a que se asesorase debidamente, y en todo caso, ofrecer entonces una información más detallada sobre la mecánica y riesgos del producto, y con antelación suficiente a la apertura de la cuenta, no a su confirmación posterior.”  

Sacristán&Rivas Abogados recomienda a todos aquellos que hayan contratado CFD´s a través de la plataforma de IG Markets o de cualquier otra, revisar la contratación y acudir, cuanto antes, a expertos cualificados en la materia, para la realización de un estudio individualizado del caso concreto, estando este Despacho especializado en este tipo de contrataciones y a su disposición a tales efectos.

Sacristán&Rivas Abogados