Colaboraciones de Sacristán&Rivas Abogados en Legal Today y Derecho News (diciembre)

Colaboraciones de Sacristán&Rivas Abogados en Legal Today y Derecho News (diciembre)

Advertencia de la CNMV y de la ESMA sobre la inversión en criptomonedas

La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha advertido sobre los riesgos de invertir en Criptomonedas.

El pasado 14 de noviembre de 2017 la CNMV se hacía eco de las advertencias realizadas por la Autoridad Europea de Supervisión, en adelante ESMA, sobre los riesgos para los clientes de invertir en las criptomonedas y de las recomendaciones y reglas dirigidas a las entidades que participada en ellas. En primer lugar, debemos apuntar que la ESMA se crea a través del Reglamento de la UE nº 1095/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo ha sustituido al Comité Europeo de Valores (CESR) con fecha 1 de enero del 2011. El objetivo de ésta consiste en proteger el interés público, contribuyendo a la estabilidad y efectividad del sistema financiero de la Unión Europea a través de un nivel sólido, efectivo y coherente de regulación y de supervisión. Además, contribuye a asegurar la integridad, transparencia, eficiencia y correcto funcionamiento de los mercados financieros, reforzar la coordinación internacional de la supervisión, evitar el arbitraje regulatorio, asegurar que las decisiones sobre riesgos e inversiones están adecuadamente reguladas y supervisadas y, con carácter general, aumentar la protección del inversor y consumidor de productos financieros. Su ámbito de actuación incluye, dentro del mercado de valores, las Instituciones de Inversión Colectiva, el gobierno corporativo y la información financiera; también podrá adoptar las medidas adecuadas sobre sistemas de compensación y liquidación, ofertas públicas de adquisición y los derivados crediticios[1]. Ver más

El TS considera que no hay falta de legitimación activa por el hecho de canjear preferentes y subordinadas obligatoriamente por acciones

La Sala establece que el canje obligatorio de preferentes y subordinadas por acciones de la entidad emisora y su posterior venta no priva de legitimación activa ni impide el ejercicio de la acción de anulabilidad por error vicio del consentimiento.

El Tribunal Supremo se ha pronunciado en Sentencia nº 580/2017 de 25 de octubre sobre la adquisición de preferentes y subordinadas de Catalunya Banc y su canje obligatorio por Resolución del FROB del 7 de junio de 2013. El cliente decidió vender las acciones adquiridas tras el canje obligatorio al Fondo de Garantía de Depósitos, presentando demanda, posteriormente, siendo estimada y declarándose los contratos nulos por error vicio en el consentimiento considerándose que la acción no estaba caducada, que el canje no priva al cliente de legitimación activa, que este hecho no supone confirmación del contrato y que la entidad financiera no proporcionó información adecuada al cliente sobre las características y riesgos de los productos ofertados. La entidad financiera presentó recurso de apelación que fue estimado por la Audiencia Provincial declarando que tras el canje de las preferentes y subordinadas por acciones y la posterior venta de las mismas, la acción de anulabilidad por error vicio del consentimiento quedó extinguida, y el cliente carece de legitimación activa para ejercitarla. Presentando el cliente recurso de casación e infracción procesal contra la Sentencia de la Audiencia.  Ver más

Sacristán&Rivas Abogados