Estándares técnicos de regulación publicados por las Autoridades Supervisoras Europeas

Estándares técnicos de regulación publicados por las Autoridades Supervisoras Europeas

Las Autoridades Supervisores Europeas, formadas por la EBA, EIPA, ESMA, ESAs, ha publicado a principios del mes de marzo el borrador final de Estándares Técnicos de Regulación (RTS)[1], cuyo fin principal es mitigar los riesgos que tienen que ver con las actividades realizadas en los mercados secundarios. Además, el documento especifica los criterios relativos a los obstáculos prácticos y jurídicos para la inmediata transferencia bancaria de fondos entre las contrapartes, para así aumentar la seguridad en los mercados de derivados Over The Counter (OTC) en la Unión Europea.

El borrador final contiene las siguientes disposiciones:

  1. En relación con los derivados OTC no compensados ​​por una contraparte central, la autoridades europeas han establecido que las contrapartes tienen que intercambiar los dos márgenes iniciales y de variación, de esta manera se reducirá el riesgo de crédito de la contraparte, mitigando cualquier riesgo sistémico potencial.
  2. Las Autoridades Europeas señalan la lista de activos de garantía para el intercambio de los márgenes, estableciendo que debe estar suficientemente diversificada para su aseguramiento, no estando sujeta al riesgo de correlación errónea.
  3. El borrador, siguiendo el marco del Reglamento sobre la infraestructura de los Mercados Europeos (EMIR), define también los procedimientos operativos relacionados con la documentación, las evaluaciones legales de la aplicabilidad de los acuerdos y el momento del cambio de garantía.
  4. Por último, el borrador RBS trata los procedimientos de las entidades de contrapartida y las autoridades competentes relacionadas con el tratamiento de los contratos de derivados intragrupo.

Debemos apuntar que el borrador RTS ha sido desarrollado sobre la base del art. 11 del Reglamento de la Unión Europea nº 648/2012, que establece las disposiciones destinadas a aumentar la seguridad y la transparencia de los mercados de derivados OTC, también conocido como EMIR, que se publicó en julio de 2012 y entró en vigor en agosto del mismo año, siendo directamente aplicable a todos los estados miembro.

Para desarrollar estas normas, las Autoridades Supervisoras Europeas han tenido en cuenta la coherencia internacional, utilizando el marco establecido por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS, por sus siglas en inglés) y la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO), ente otros.

Sacristán&Rivas Abogados

[1] https://www.esma.europa.eu/press-news/esma-news/esas-publish-final-draft-technical-standards-margin-requirements-non-centrally

Sacristán&Rivas Abogados. Especialistas en Derecho Bancario y Productos Financieros