Fondo Gesconsult Talento, FI

Fondo Gesconsult Talento, FI

La CNMV sanciona a Banco Inversis S.A. por infracción grave al no haber actuado en beneficio de los partícipes del Fondo Gesconsult Talento, FI.

El 23 de julio de 2020 se ha publicado en el BOE la Resolución de 23 de junio de 2020[1], por la que se publica la sanción por infracción grave de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, impuesta a Banco Inversis S.A.

La CNMV señala en la Resolución que Banco Inversis S.A. ha cometido una infracción grave tipificada en el art. 81, letra h) de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, en los siguientes términos: “Imponer a Banco Inversis, S.A. por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 81, letra h), de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, en relación con el artículo 62 del mismo texto legal, por no haber actuado en beneficio de los partícipes del Fondo Gesconsult Talento, FI, una multa por importe de 125.000 euros (ciento veinticinco mil euros).” En cualquier caso, esta Resolución sólo es firme en vía administrativa pudiéndose recurrir ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Sacristán&Rivas Abogados recomienda, que, como consecuencia de la jurisprudencia reciente en la contratación del Fondo Gesconsult Talento, FI., se revisen las contrataciones efectuadas en la materia, y se acuda cuanto antes a expertos cualificados, para la realización de un estudio individualizado del caso concreto, estando este Despacho a su disposición a tales efectos.

Sacristán&Rivas Abogados

 

[1] https://www.boe.es/boe/dias/2020/07/23/pdfs/BOE-A-2020-8439.pdf