
Las Audiencias Provinciales divididas sobre el índice hipotecario IRPH
Debemos recordar que la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Sentencia de 3 de marzo de 2020, asunto C-125/18 ha señalado que el índice IRPH debe de estar sometido al control de abusividad y transparencia, estableciendo que en caso de declararse la nulidad del índice IRPH de un préstamo hipotecario, el juez nacional puede sustituir el mismo por el Euribor, añadiendo que no procede limitar, temporalmente, los efectos de la declaración de abusividad y falta de transparencia de la cláusula.
Tras el citado pronunciamiento en las últimas semanas se han publicado varios pronunciamientos de nuestros tribunales. Algunas Audiencias Provinciales han argumentado que no hubo un incumplimiento del deber de información, sino una frustración de expectativas cuando los hipotecados vieron que la evolución del IRPH había sido peor para sus intereses que la de otros índices. Otras han declarado la falta de transparencia y abusividad de la cláusula que referencia el préstamo al índice IRPH. En este sentido, la SAP Barcelona, Sección 4ª, nº 150/2020 de 15 mayo, ha señalado: “Procede aplicar al presente caso la referida jurisprudencia, en el sentido de declarar la nulidad por abusivo del interés moratorio pactado, y acordar que continúe la ejecución con devengo del interés remuneratorio hasta el completo pago de lo adeudado. Ello porque, examinada la liquidación aportada, el tipo aplicado del 10,50% supera con creces el interés remuneratorio aplicado, que no superó el 3,445%, incrementado en dos puntos.”
Como consecuencia de lo anterior, según ha publicado el Diario16[1], el Tribunal Supremo está admitiendo a trámite los recursos de casación interpuestos contra los pronunciamientos de las Audiencias Provinciales que consideran que no hay falta de transparencia ni abusividad en el índice hipotecario IRPH. La Sala de lo Civil ha abierto un plazo de 20 días para que las partes hagan alegaciones sobre la STJUE de 3 de marzo de 2020, por lo que cabe esperar un pronunciamiento en los próximos meses que ponga fin a la controversia existente entre las Audiencias Provinciales.
Sacristán&Rivas Abogados recomienda, revisar la Escritura de préstamo hipotecario, y acudir, tan pronto sea posible, a expertos cualificados, para la realización de una revisión de la Escritura y la información proporcionada por la entidad financiera, estando este Despacho, especializado en la materia y a su disposición a tales efectos.
[1] https://diario16.com/irph-el-supremo-en-contra-los-criterios-de-las-audiencias-provinciales/