
La Audiencia Nacional ha confirmado la sanción impuesta por la CNMV a Banco Popular por deficiencias en la comercialización de productos financieros durante los años 2009-2011
La Resolución de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en adelante CNMV, de 22 de julio de 2016 publicada en el BOE el 10 de agosto de 2016, imponía a Banco Popular una sanción de un millón de euros por la incorrecta comercialización durante los años 2009-2011, de deuda subordinada, depósitos estructurados y de bonos subordinados necesariamente convertibles en acciones. La sanción se basó en dos motivos: el primero se refiere a las deficiencias detectadas por el supervisor en cuanto al test de conveniencia, cuestionario que evalúa los conocimientos y la experiencia sobre los mercados financieros del inversor, para poder determinar si está en disposición de contratar productos que se consideran complejos y el segundo en relación con la falta de información sobre los riesgos del producto. Esta Resolución fue recurrida por la entidad financiera alegando que había cumplido con toda la normativa vigente.
La Sección Tercera, de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha resuelto sobre el recurso prestado por Banco Popular[1], siendo éste desestimado, confirmando la sanción interpuesta en vía administrativa por la CNMV. En relación con las irregularidades cometidas por la entidad financiera en relación con el test de conveniencia la Sentencia ha señalado: “(…) el banco aplicó una evaluación de la conveniencia claramente sesgada, en cuanto minimizaba o restringía, o incluso eliminaba los supuestos en los que debía de concluirse una falta de adecuación de la operación o instrumento financiero para los clientes.” Y sobre la información suministrada a los clientes establece la Audiencia Nacional: “(…) en una parte significativa de las operaciones no se acreditaba la realización de las oportunas advertencias sobre que el producto no era adecuado”.
Sacristán&Rivas Abogados recomienda, como consecuencia de la sanción de un millón de euros interpuesta a Banco Popular por irregularidades en la comercialización de deuda subordinada, depósitos estructurados y Bonos Subordinados obligatoriamente convertibles en acciones durante los años 2009 a 2011, que todos aquellos que hayan suscrito alguno de estos productos financieros complejos, acudan, cuanto antes, a expertos cualificados para la realización de un estudio sobre las posibilidades de defensa, estando este Despacho especializado en la materia, y a su disposición a tales efectos.
[1] https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/06/07/companias/1559931749_189141.html
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