Swaps: su cara oculta al descubierto

Swaps: su cara oculta al descubierto

Durante estos últimos años se ha incrementado notablemente el número de litigios, relacionados con las permutas financieras o swaps.

La permuta financiera, sea sobre tipos de interés, sobre índice de inflación, o similar, tiene la consideración de producto financiero complejo conforme al art. 78.8 de la Ley del Mercado de Valores y al anexo I, sección C, punto 4 de la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004 , relativa a los mercados de instrumentos financieros (MiFID).

En definitiva, la característica fundamental de este producto, en términos generales, consiste en que el contratante paga un tipo de interés fijo o cupón swap, y, la otra parte contratante, paga un tipo de interés flotante, denominado tipo de referencia. El objetivo radica en cubrirse del riesgo de tipos de interés, esto es, el riesgo de sufrir pérdidas por los movimientos de los mismos. Pero lo cierto es que, en los últimos años, algunas entidades financieras, han aumentado la complejidad de estos productos, incorporando opciones sobre tipos de interés, como CAP, FLOORS y SWAPTIONS. Los denominados CAPS y FLOORS son opciones a largo plazo, siendo un CAP un contrato suscrito con una entidad, que permite al comprador fijar el coste máximo en una deuda a medio y largo plazo, obtenida a tipo de interés variable. Para el comprador esta opción, puede actuar como una póliza de seguros a largo plazo, puesto que protege de la subida de los tipos de interés, siempre y cuando, esté bien diseñado. Por el contrario, con el FLOOR, el que lo posee se asegura de que la rentabilidad de una inversión a tipo de interés variable, no será inferior a la tasa pactada y garantizada, en el correspondiente contrato. Generalmente, son inversores de este tipo de opciones, bancos, compañías de seguro, etc., que aguardan que los tipos de interés vayan a bajar en el futuro.

 


La banca no sólo ha comercializado swaps genéricos sino también, y en gran volumen, swaps más sofisticados que combinan otros derivados como opciones financieras exóticas de tipo barrera, los denominados swaps estructurados o también conocidos como instrumentos derivados de segunda y tercera generación.


 

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Sacristán&Rivas Abogados recomienda, en virtud de la contundente jurisprudencia del Tribunal Supremo, a todos aquellos inversores en swaps, tanto personas físicas como sociedades, que hayan experimentado pérdidas, que acudan cuanto antes a expertos cualificados para valorar sus posibilidades de defensa, estando este Despacho a su disposición a tales efectos.

 

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Sacristán&Rivas Abogados. Especialistas en Derecho Bancario y Productos Financieros

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