Divorcio: compensación por cuidado de hijos

Divorcio: compensación por cuidado de hijos

Un juez ha acordado la procedencia de una compensación por el trabajo doméstico no retribuido realizado en el hogar por uno de los cónyuges

El Juzgado de Primera Instancia de Vélez en Sentencia de 27 de febrero de 2023 ha estimado que uno de los cónyuges tendrá que pagar a su expareja la cantidad de 204.000 euros en concepto de compensación por el trabajo doméstico realizado en el hogar durante los 25 años que la pareja estuvo casada[1]. La Sentencia incluye también una pensión compensatoria de 500 euros mensuales durante los próximos dos años para la mujer que tiene 48 años y otras dos de 400 euros y 600 euros para sus dos hijas de 14 y 20 años. Además, obliga a las partes a hacerse cargo al 50% de los gastos extraordinarios que generen ambas, desde el dentista a la óptica o las clases de apoyo escolar, entre otros gastos.

El matrimonio se celebró el 23 de junio año 1995, cuando los cónyuges estaban en la veintena y un mes después firmaron la separación de bienes.  Durante el matrimonio, él fue desarrollando una carrera profesional que incluye la apertura de varios gimnasios por las provincias de Jaén y Málaga, así como empresas de instalación de parqué, cerramiento o venta de maquinaria de culturismo, entre otras actividades. Fruto de su trabajo, adquirió una finca de olivos de 70 hectáreas en Alhama de Granada, donde se elabora aceite y que, según la Sentencia, le genera unos ingresos mensuales “de entre 3.000 y 4.000 euros”. Mientras él fue creciendo en lo profesional, ella se quedó en casa para cuidar de sus hijas.

En 2020 la mujer pidió el divorcio y, como consecuencia, del régimen de separación de bienes, él se quedó con todo su patrimonio y ella solo con la mitad de una vivienda cuya propiedad compartían. En el mes de diciembre de 2020, se presentó demanda solicitando que se reconociera el trabajo hecho en casa durante 25 años de matrimonio, pidiendo la suma de 204.624,86 euros correspondiente con el salario mínimo interprofesional de los 25 años de matrimonio. En este sentido, señala la Sentencia que la mujer desde que se casaron  “se ha dedicado esencialmente a trabajar en la casa. Esto es, al cuidado del hogar y de la familia, con todo lo que ello implica”. Por esta razón, el Juzgador le reconoce la cantidad solicitada en la demanda, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1.438 del Código Civil. Este no es el único pronunciamiento en esta línea, pues la Audiencia Provincial de Pontevedra reconoció que un hombre debía pagar una compensación de 34.980,15 euros a su exmujer, con quien estuvo casado durante 34 años, por haberse dedicado a cuidar de los tres hijos que tuvieron y del hogar común[2].

Sacristan&Rivas Abogados recomienda, como consecuencia de la jurisprudencia reciente sobre la materia, acudir, tan pronto sea posible, a expertos cualificados, para recibir asesoramiento antes de tomar decisiones que puedan afectar al interés de los menores, estando este Despacho especializado en este tipo de asuntos y a su disposición a tales efectos.

Sacristan&Rivas Abogados

[1] https://elpais-com.cdn.ampproject.org/c/s/elpais.com/sociedad/2023-03-07/una-jueza-obliga-a-un-hombre-a-pagar-200000-euros-a-su-exmujer-por-el-cuidado-de-sus-hijas.html?outputType=amp

[2] https://elpais.com/espana/2023-02-17/3498015-euros-el-valor-de-trabajar-para-la-casa-y-cuidar-a-los-hijos-durante-el-matrimonio.html