
La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha sancionado a Deutsche Bank por inaplicación no ocasional de las medidas exigibles de gestión conflicto de interés en la recompra a clientes de bonos estructurados emitidos por el propio Grupo Deutsche Bank
La Comisión Nacional del Mercado de Valores, en Resolución de 15 de marzo de 2022, publicada en el BOE el 29 de marzo de 2022, ha impuesto a Deutsche Bank una multa de tres millones de euros, por una infracción muy grave de la LMV al realizar una inadecuada gestión de conflictos de interés en relación con la recompra de bonos estructurados[1]. La Resolución que, es firme en vía administrativa, siendo posible recurrir al orden contencioso administrativo, señala lo siguiente: “Imponer a Deutsche Bank, SAE, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 284.1 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre (TRLMV), por el incumplimiento de los artículos 193.2.c) y 195 del TRLMV, así como de los artículos 44 y 45 del Real Decreto 217/2008, debido a la inaplicación no ocasional o aislada de las medidas exigibles de gestión del conflicto de interés existente en la recompra a clientes de bonos estructurados emitidos por el propio Grupo Deutsche Bank aplicando diferenciales significativos con respecto a su valor razonable de los que no se informó a los clientes, multa por importe de 3.000.000 de euros (tres millones de euros).”
Sacristán&Rivas Abogados recomienda a todos los afectados acudir, tan pronto sea posible, a expertos cualificados para la realización de un análisis del caso concreto y un estudio de las posibilidades de defensa, si así interesa, estando este Despacho especializado en la materia y a su disposición a tales efectos.