Sobre los bonos convertibles del Banco Popular

Sobre los bonos convertibles del Banco Popular

En el año 2009, el Banco Popular llevó a cabo una emisión propia de 700 millones de euros en bonos, con una remuneración contingente inicial del 7%. En el año 2012, la entidad emisora ofreció la posibilidad de canjear los Bonos Serie I emitidos en 2009, que vencían en octubre de 2013, por otros de la misma naturaleza cambiando a la Serie II, al que acudieron el 95,39% de la totalidad de clientes, cuyo vencimiento era el 25 de noviembre de 2015[1]. Así, en la fecha anteriormente citada, se produjo la conversión de los bonos Serie II en acciones, que han tenido un valor inferior al 20% de la inversión inicial, con un resultado desolador para los suscriptores, la pérdida del 88,1% de lo invertido menos los intereses que hayan cobrado desde 2009 hasta 2015[2].

El diario.es, periódico digital, publica, el 24 de octubre de 2015[3], un artículo con el siguiente titular: “Los bonos convertibles del Banco Popular vencen en un mes con grandes pérdidas para sus propietarios”. El mismo, manifiesta que ninguno de los suscriptores de los bonos firmó con conocimiento de causa, añadiendo que en octubre de 2009, las autoridades financieras europeas requerían a los bancos mayores exigencias de solvencia y que según se recogía en el folleto del producto, se lanzó la emisión con el objetivo de captar recursos propios, apuntando: “Mientras unos colocaban participaciones preferentes, el banco presidido por Ángel Ron optó por una estrategia más similar a los Valores Santander lanzados por el banco de la familia Botín en 2007. Así, lanzó una emisión de 700 millones de bonos subordinados necesariamente canjeables, para “fortalecer los recursos propios adaptándolos a los nuevos criterios de elegibilidad relativos a la solvencia” según se recogía en el folleto de lanzamiento. ” Pues bien, volviendo al folleto de emisión, el diario.es apunta que el producto iba destinado a inversores mayoristas, aunque también podría comercializarse a minoristas, siempre y cuando, se cumplieran las condiciones de información, apuntando, además, que: “(…) En algunas de las sentencias favorables, el motivo que esgrime el juez es que el cliente tuvo que “firmar en pocas hora y no tuvo tiempo de comprender el producto.”

Por su parte el Diario Expansión publicó el 26 de noviembre[4] un artículo titulado “El Popular compensa a 7.500 clientes afectados por el canje de sus bonos”, donde señala que el precio de conversión inicial que se fijó en 2009 fue de 7,01 euros, aplicándosele una prima del 10% sobre la cotización de ese momento, añadiendo “este precio, sin embargo, escaló a esos 17,61 euros, principalmente por el contrasplit (1×5) que realizó la entidad en 2013. Esto, y la mala evolución de la acción explican estas pérdidas. La acción cerró ayer a 3,30 euros, pero el precio de conversión se ha situado en 17,61 euros. Esto implica que el inversor paga las acciones que recibe a 17,61 euros, es decir, un 81% más caras, sin tener en cuenta los cupones”. Llegados a este punto, y, bajo el epígrafe de posibles demandas, el diario Expansión explica que si los clientes aceptan alguna medida compensatoria renuncian a tomar cualquier acción legal contra el banco, aunque parece que estas medidas que está preparando el Banco Popular no les librará de demandas.

 

[1] http://www.expansion.com/empresas/banca/2015/07/01/559449e646163ffe428b45bd.html

[2] http://www.elconfidencial.com/mercados/2015-11-17/los-titulares-de-bonos-convertibles-del-popular-perderan-el-81-de-su-inversion_1098726/

[3] http://www.eldiario.es/economia/Comienza-financiero-convertibles-Banco-Popular_0_444455671.html

[4] http://www.expansion.com/empresas/banca/2015/11/26/5656f27e268e3edf418b45bf.HTML

 

Sacristán&Rivas Abogados

Sacristán&Rivas Abogados. Especialistas en Derecho Bancario y Productos Financieros