Hipoteca inversa

Hipoteca inversa

El beneficiario de una hipoteca inversa recibe de media el 18% del valor de la vivienda

El público objetivo de la hipoteca inversa son las personas mayores de 65 años o dependientes que sean propietarios de una vivienda, por lo tanto, ésta se diferencia de una hipoteca convencional, porque en este caso es el titular de la vivienda el que recibe una cantidad a cambio de la vivienda y no al revés. El propietario puede disfrutar de la vivienda hasta su fallecimiento, sin perder la propiedad del mismo. El importe a percibir depende de una serie de factores, tales como: el valor de mercado de la vivienda, la edad de la persona que contrata el préstamo y de su cónyuge y la elección que se haga entre recibir la renta por un periodo determinado o de forma vitalicia[1].

Por lo general, las entidades comercializadoras ofrecen la contratación simultanea de un seguro de renta vitalicia, con el objetivo de garantizar que los titulares puedan percibir esa renta complementaria hasta su fallecimiento. Así, la entidad que concede la hipoteca inversa no puede exigir la devolución de la deuda acumulada mientras no fallezca su titular. Como consecuencia, en el momento del fallecimiento del titular de la vivienda y del beneficiario de la renta mensual o vitalicia, tanto la propiedad de la vivienda como la deuda acumulada con la entidad, les corresponde a los herederos, pudiendo éstos hacer dos cosas:

  1. Quedarse con la vivienda liquidando la deuda con la entidad, devolviendo el dinero o hipotecando la vivienda por el importe de la deuda.
  2. Venderla: con el importe obtenido se salda la deuda que los titulares de la hipoteca inversa tenían con la entidad. Si el dinero obtenido no es suficiente para saldar la deuda, la entidad puede instar la venta de otros bienes de la herencia, hasta que se satisfaga la deuda acumulada.

Debemos señalar, tal y como se apunta en la Guía de hipoteca inversa del Banco de España[2], que la hipoteca inversa sólo es interesante para aquellos que necesitan dinero, debiendo tenerse en cuenta la esperanza de vida. Según ha publicado el diario El Economista la cuantía media que reciben al mes los usuarios que tienen este producto en nuestro país ronda los 300 euros, por lo que si tenemos en cuenta la esperanza de vida media (83,3 años en España) en esos 13,3 años, el beneficiario recibiría como máximo el 18,4% del valor de la vivienda (17,6% en el mínimo). En casos de supervivencia muy prolongada de los beneficiarios, puede llegar a entregar porcentajes hasta un 30%-35% de la vivienda generando deudas que no sobrepasarían, salvo en casos muy excepcionales, el 60% del valor de la vivienda. El cálculo está elaborado para personas de 70 años y con una vivienda valorada en los 270.000 euros[3]. Adjuntamos cuadro ilustrativo sobre el funcionamiento de la hipoteca inversa:

 

 

Fuente: Diario El Economista de 25.06.2021

Sacristán&Rivas Abogados recomienda que, todos aquellos que estén pensando en contratar este tipo de hipoteca, sean titulares o herederos, revisen su situación y, acudan, tan pronto sea posible, a expertos cualificados sobre la materia, para que, previo estudio de las circunstancias del caso, se valoren las consecuencias actuales o futuras de la contratación de una hipoteca inversa, estando este Despacho a su disposición a tales efectos.

 

Sacristán&Rivas Abogados

 

[1] http://www.sacristan-rivas.es/hipoteca-inversa/

[2] http://www.bde.es/f/webbde/Secciones/Publicaciones/Folletos/Ficheros/GUIA.pdf

[3] https://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/11291038/06/21/El-beneficiario-de-hipoteca-inversa-solo-recibe-de-media-el-18-del-valor-de-la-vivienda.html